El contrato de franquicia es un documento legal que regula la relación entre el franquiciador y el franquiciado durante un periodo de tiempo determinado, normalmente cinco años. Este documento puede generar ciertas dudas al principio ya que, los futuros franquiciados quieren conocer con detalle a qué se compromete cada una de las partes.
Así, el contrato de franquicia es clave en la relación entre franquiciado y franquiciador, ya que define los derechos y obligaciones de las dos partes implicadas. Para evitar confusiones debe ser claro y completo; se trata de un formato de contrato muy específico, pero tiene similitudes con otros de adquisición, ya que realmente el franquiciado paga una cantidad de dinero al franquiciador para poder hacer uso de su marca y tener acceso al know-how, además de otros servicios.
Debe ajustarse a la legislación vigente
Este contrato debe adecuarse a la legislación nacional del país en el que se opera, especialmente a la Ley de Ordenación del Comercio Minorista; al Real Decreto 201/2010, que regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y a la Ley de Defensa de la Competencia. También son referencia el Código Deontológico Europeo de la Franquicia y la Legislación Comunitaria en la materia.
Cláusulas más importantes
- Condiciones de la franquicia: recoge aspectos como la inversión requerida, canon de entrada exigido, royalties mensuales, etc. Es importante que especifique la zona en la que va a estar ubicada la franquicia y si existe exclusividad geográfica. Además suele indicar información del local y todo lo que necesitas para el funcionamiento del negocio.
- Duración del contrato: el contrato de franquicia debe recoger tanto la duración mínima del contrato como las condiciones para que se pueda prorrogar, si ambas partes están de acuerdo.
- Transmisión del know-how: Es la formación del franquiciado y la transmisión de ese conocimiento y experiencia previa, algo fundamental para el funcionamiento de la franquicia. Debe indicar cómo se realizará la transmisión de este conocimiento.
- Derechos de uso de marca: Debe detallar aspectos relacionados con la cesión de marca, de qué manera el franquiciado puede hacer uso de ella y qué acciones requerirán de una aprobación expresa por parte del franquiciador, así como otras prácticas que no podrá realizar. La empresa franquiciadora vela porque el uso de su marca se haga de forma adecuada, teniendo en cuenta sus estrategias de comunicación. Por esto es un tema vital recogido en los acuerdos de franquicia.
- Soporte al franquiciado: El contrato debe especificar de qué manera el franquiciador dará apoyo al franquiciado, ya no solo en la transmisión del know-how, sino en el acceso a programas informáticos de gestión, comunicación de novedades, soporte en la gestión de la franquicia, resolución de dudas, apoyo continuado, etc. Este apartado tiene que quedar muy claro, de forma que se recojan los detalles de ese acompañamiento y el franquiciado sepa qué puede esperar de la central franquiciadora.
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